viernes, 1 de octubre de 2010

Jornadas: Aplicación en Canarias de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. OCTUBRE.

Fran Medina, de FEAPS CANARIAS, nos hace llegar amablemente esta información:
Jornadas: Aplicación en Canarias de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.

Organizan: Gobierno de Canarias, Consejería de Bienestar Social, y Diputado del Común (el Defensor del Pueblo de Canarias).
CUÁNDO: Día 14 de octubre (jueves) – Las Palmas de Gran Canaria
Día 15 de octubre (viernes) – Santa Cruz de Tenerife
"Introducción.
􀂙 La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, aprobada por consenso en la Asamblea General de Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006, constituye no solo el primer tratado de derechos humanos adoptado en el siglo XXI, sino también el tratado que se ha negociado con mayor rapidez en la historia del derecho internacional y el primero que surgió haciendo uso de las nuevas tecnologías.
􀂙 Firmada y ratificada por España, entró en vigor de forma general y también para España el 03 de mayo de 2008, quedando por tanto incorporada a nuestro ordenamiento jurídico positivo.
􀂙 El primer cambio que produce es considerar que las personas con discapacidad son, al igual que el resto de las personas, titulares de derechos y no objeto de políticas caritativas o asistenciales. Además, la asunción de la Convención implica entender que las desventajas sociales que viven las personas con discapacidad deben eliminarse por constituir genuinos ejemplos de discriminación y de vulneración de derechos humanos.
􀂙 La Convención se inspira, por tanto, en un modelo social de la discapacidad que, por un lado, pone el énfasis en las causas o factores sociales que originan la discapacidad y, por otro, sitúa a la discapacidad como cuestión de derechos humanos.
􀂙 La discapacidad no es ya la consecuencia directa de limitaciones individuales, sino más bien de las limitaciones de la sociedad para asegurar adecuadamente que las necesidades de las personas con discapacidad sean tenidas en cuenta dentro de la organización social.
􀂙 La Convención impone un cambio de paradigma en el tratamiento de la discapacidad e impone la necesidad de que toda su regulación jurídica se haga desde los tres siguientes referentes:
a) la consideración de que estamos en presencia de un discurso de derechos;
b) la consideración de que la satisfacción de los derechos de las personas con discapacidad requiere habilitar, cambiar y normalizar la sociedad;
c) y la consideración de que todas las personas tienen derecho a la autonomía y a la independencia, sin perjuicio de que en ocasiones requieran de apoyos.

FICHA DE INSCRIPCIÓN: Esta ficha debe remitirse por correo electrónico a:
diputadodelcomun(arroba)diputadodelcomun.org
O bien por fax: 928 372 046
Las jornadas son de acceso libre y gratuito. Contarán con traducción simultánea a lenguaje de signos. No obstante, está inscripción está condicionada por el límite de aforo."
ENLACE AL PROGRAMA Y FICHA DE INSCRIPCIÓN.



No hay comentarios: