sábado, 24 de mayo de 2008

Avance de información del II Congreso Internacional de Síndrome de Asperger - Sevilla 2009

La Federación Asperger España - FAE, de la que ASPERCAN forma parte, junto con la Asociación Portuguesa de Síndrome de Asperger - APSA, organizan el II Congreso Internacional de Síndrome de Asperger - Sevilla 2009.

En el año 2006, aniversario de Hans Asperger, tanto FAE como APSA organizaron sendos Congresos internacionales, el de FAE en Barcelona y el de APSA en Lisboa, con la presencia de relevantes profesionales internacionales y nacionales especialistas en Síndrome de Asperger. Ahora aúnan sus esfuerzos para celebrar un Congreso cuyo lema es ACTUALIZACIONES DE UNA DISCAPACIDAD SOCIAL.

Pueden encontrar un avance de información en la web del próximo Congreso, pulsando aquí.
Encontrarán temas como:
Información del Congreso

Nota: Esta web del Congreso se irá actualizando.

Asamblea General de la Asociación Asperger España

Como ya saben nuestros socios, todos los asociados de ASPERCAN son también socios, de cuota cero, de la ASOCIACIÓN ASPERGER ESPAÑA, declarada de Utilidad Pública por el Ministerio de Interior.

AAE convoca cada año su Asamblea General en Madrid, y junto con la asamblea de socios celebra unas jornadas con la asistencia de importantes ponentes.

Asamblea General de la Asociación Asperger España
DÍA: Domingo, 29 de junio de 2008
LUGAR: Madrid
Teléfono para consultas: 639363000 (AAE)
NOTA: Toda la información, en los próximos días.

martes, 20 de mayo de 2008

Lanzarote se echa a la calle por una sanidad para todos.

Aunque con bastante retraso, disculpen, no queremos dejar en el olvido la iniciativa de varias asociaciones asistenciales y sanitarias de la isla de Lanzarote y de Fuerteventura que se echaron a la calle en el pasado mes de marzo para exigir una mejor asistencia, más medios, y otras reivindicaciones que llevan años haciendo para sus socios y afectados por diversas patologías.

Un ejemplo de cómo las asociaciones diferentes pueden unirse para hacer oír su voz ante la administración con más fuerza.

Ahora toca esperar una respuesta digna y adecuada por parte de los organismos públicos.

Pueden consultar la noticia en los siguientes enlaces:
http://www.afol.info/interes.asp?cod=DOC&id=461
http://www.diariodelanzarote.com/2008/02/28/lanzarote06.htm http://www.lavozdelanzarote.com/spip.php?article16255

Cuidatumente: Prevalencia de los trastornos mentales en la infancia canaria

La primera investigación realizada sobre la prevalencia de trastornos psiquiátricos infantiles de la Comunidad Autónoma Canaria, realizada por el equipo de profesionales del Hospital de Día Infantil y Juvenil Dr. Guigou, revela que un 11,4% de los menores canarios padece algún trastorno mental y un 9,4 % de la población infantil de las Islas se encuentra en situación de riesgo de padecer alguna enfermedad de estas características.

Seguir leyendo en Cuidatumente: Prevalencia de los trastornos mentales en la infancia canaria

viernes, 16 de mayo de 2008

Umbrales de renta y patrimonio familiar - REAL DECRETO 675/2008, de 28 de abril

En la entrada anterior se hacía referencia al cálculo de los umbrales de renta y patrimonio familiar para la concesión de becas por parte del Ministerio de Educación. Copiamos aquí el capítulo IV del RD 675/2008, de 28 de abril, que regula este aspecto.


Ministerio de Educación, Política Social y Deporte (BOE n. 103 de 29/4/2008)
REAL DECRETO 675/2008, de 28 de abril, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte para el curso 2008-2009.
Rango: Real Decreto
Páginas: 21820 - 21825
Referencia: 2008/07513


CAPÍTULO IV

Ayudas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo

Artículo 10. Ayudas al estudio y subsidios para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

Se convocarán ayudas al estudio y subsidios para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastorno de conducta o asociada a alta capacidad intelectual que curse estudios en los niveles de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Ciclos Formativos de grado medio y de grado superior y Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial. Los subsidios atenderán a los gastos de comedor escolar y de transporte escolar y se concederán al alumnado con necesidades educativas especiales que pertenezcan a familias numerosas.

Artículo 11. Componentes y cuantías.
1. Los componentes y cuantías de las ayudas y subsidios para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad serán los siguientes:
[aquí viene una tabla que no pude pegarse al texto; ver el enlace en internet ]

Componentes
Ayuda para reeducación pedagógica
Cuantía: Hasta 895,00.

Componente:
Ayuda para reeducación del lenguaje
Cuantía: Hasta 895,00.


2. Las cuantías establecidas en la tabla anterior para las ayudas o subsidios de transporte se incrementarán hasta en un 50 por ciento cuando el alumno tenga una minusvalía motora superior al 65 por ciento.

3. No se concederán ayudas ni subsidios cuando los gastos a los que atienden se hallen cubiertos suficientemente por servicios o fondos públicos o, en su caso, por ayudas concedidas a los centros para financiar el correspondiente servicio. En el nivel de educación infantil no se concederán ayudas para material escolar.

4. El alumnado con altas capacidades intelectuales podrá obtener, en los términos previstos en el artículo 11 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, una ayuda de hasta 895 euros para el pago de los gastos derivados de la inscripción y asistencia a programas específicos para este colectivo.

Artículo 12. Umbral de renta aplicable.

Para la concesión de estas ayudas se aplicará el umbral 3 de renta familiar.
Para la concesión de los subsidios no se atenderá a la renta ni al patrimonio familiar.


Umbral 3:

Familias de un miembro: 11.522,00 euros
Familias de dos miembros: 18.768,00 euros
Familias de tres miembros: 24.647,00 euros
Familias de cuatro miembros: 29.235,00 euros
Familias de cinco miembros: 33.176,00 euros
Familias de seis miembros: 36.982,00 euros
Familias de siete miembros: 40.580,00 euros
Familias de ocho miembros: 44.154,00 euros

A partir del octavo miembro se añadirán 3.544 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.

VER TAMBIÉN:
  • Artículo 14. Cálculo de la renta familiar.
  • Artículo 15. Deducciones de la renta familiar.
  • Artículo 16. Umbrales indicativos de patrimonio familiar.

Convocatoria de BECAS del Ministerio para alumnos con necesidades educativas especiales curso 08-09


-Convocatoria de ayudas para alumnado con necesidad específica
de apoyo educativo para el curso académico 2008/09 -
Ha salido la convocatoria de BECAS del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte (antes MEC) para alumnos con necesidades educativas especiales. Pueden consultarlo aquí.
En esta web encontrarán los documentos necesarios para solicitar la Beca (pinchen los enlaces):
Destacamos de la Convocatoria (BOE de 13 de mayo de 2008) los siguientes párrafos (azul):
Primero.- Se convocan, para el curso 2008-2009 las siguientes ayudas individualizadas:
a) Ayudas directas para el alumnado que presenta necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno de conducta.
b) Subsidios por necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno de conducta para familias numerosas.
c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

Segundo.- El alumnado que presenta necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno de conducta podrá obtener las ayudas o subsidios a que se refieren los apartados a) y b) del artículo primero cuando reúna los siguientes requisitos:

1. Presentar necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta siempre que dicha necesidad haya sido acreditada por alguna de las siguientes vías:
-certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
-certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente
-certificado de minusvalía

3. Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
4. Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:

a) Educación Infantil

b) Educación Primaria.

c) Educación Secundaria Obligatoria.

d) Bachillerato.

e) Ciclos formativos de grado medio y superior.

f) Enseñanzas artísticas profesionales.

g) Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial.

h) Programas de formación para la transición a la vida adulta.

5. Además para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente.

Cuarto.- 1. Las ayudas podrán ser solicitadas por los alumnos cuya renta y patrimonio familiares en 2007 no hayan superado, de conformidad con lo dispuesto en el mencionado Real Decreto 675/2008, de 28 de abril, los umbrales siguientes:

UMBRALES DE RENTA FAMILIAR

Familias de un miembro: 11.522,00 euros
Familias de dos miembros: 18.768,00 euros
Familias de tres miembros: 24.647,00 euros
Familias de cuatro miembros: 29.235,00 euros
Familias de cinco miembros: 33.176,00 euros
Familias de seis miembros: 36.982,00 euros
Familias de siete miembros: 40.580,00 euros
Familias de ocho miembros: 44.154,00 euros
A partir del octavo miembro se añadirán 3.544 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.

(A continuación la Convocatoria explica cómo se calcula el UMBRAL DE PATRIMONIO FAMILIAR)
CONTINÚA:

Sexto.- Hallada la renta familiar, podrán deducirse de aquélla las cantidades que correspondan por los siguientes conceptos:

a) El 50 por 100 de los ingresos aportados por todos los miembros computables de la familia, distinto de los sustentadores principales.


b) 1.816,00 euros cuando el solicitante pertenezca a una familia numerosa.

c) 3.615,00 euros por el solicitante y otro tanto por cada uno de sus hermanos que esté afectado de minusvalía, legalmente calificada de grado igual o superior al treinta y tres por ciento y siempre que no obtenga ingresos de naturaleza laboral.


d) 1.135,00 euros por cada hijo menor de 25 años que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar, cuando sean dos o más los hijos estudiantes con residencia fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios,


e) Se incrementará el umbral de renta familiar aplicable en un 20 por ciento cuando el solicitante sea huérfano absoluto.

Para ser tenidas en cuenta estas deducciones, deberá acreditarse que estas situaciones concurrían a 31 de diciembre de 2007.

Séptimo.- 1. El alumnado que presenta necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o a trastornos de conducta podrá obtener ayuda para los siguientes conceptos (enseñanza, transporte escolar, comedor escolar, residencia escolar, otros, libros y material didáctico, Reeducación pedagógica o del lenguaje: la que en cada caso se fije como necesaria y suficiente, en aplicación de las reglas del apartado 6 del presente artículo, con un límite máximo de 895,00 euros para cada una de ellas).

6. Para la asignación de las ayudas de reeducación pedagógica o del lenguaje, que serán compatibles con las demás, se observarán las siguientes reglas:

a) Todas las solicitudes de este tipo de ayuda deberán ser examinadas por los órganos de selección, con objeto de que puedan formular, en su caso, propuesta de concesión, una vez tenidos en cuenta todos los elementos concurrentes y, especialmente, las posibilidades de prestación gratuita de los servicios necesitados por el candidato.

b) Las solicitudes que incluyan petición de esta clase de ayuda deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

- Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación en el que se detalle la asistencia educativa que se considere necesaria para su corrección, la duración previsible de la asistencia y las condiciones que garanticen su prestación.

- Certificación expedida por el inspector de la zona o del equipo de orientación dependiente de las administraciones educativas en el que se indique la necesidad de recibir estos tratamientos además de la atención pedagógica proporcionada por el centro en el que está escolarizado.

- Certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro o reeducador que lo preste.

Noveno.- 1. Tanto las solicitudes de ayuda como las de subsidio se formularán en el impreso que será facilitado gratuitamente por las direcciones provinciales del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, las comunidades autónomas o, en su caso, por los centros a que se refiere el artículo siguiente. También podrá obtenerse el modelo de solicitud a través de la página web www.mec.es/becas

Décimo.- 1. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y acompañadas de la documentación que se indica en las mismas, se presentarán en el centro donde el solicitante se halle escolarizado en el curso 2007-2008 o en el que vaya a estar escolarizado en el curso 2008-2009, en su caso.

3. El plazo de presentación de solicitudes se extenderá hasta el 13 de junio de 2008 inclusive.

4. Únicamente podrán admitirse solicitudes formuladas fuera del plazo a que se refiere el apartado anterior cuando no admitan demora, dada su naturaleza y siempre que se acredite documentalmente la aparición de la necesidad con posterioridad al mencionado plazo. Estas solicitudes se presentarán siempre directamente en la dirección provincial del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte o en el organismo correspondiente de la comunidad autónoma del domicilio familiar del solicitante.

Decimoquinto.- Los servicios administrativos de las direcciones provinciales del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte o de las comunidades autónomas verificarán las solicitudes y, muy especialmente, los extremos de las mismas referentes a requisitos de admisión, NIF del solicitante, y del padre, madre o tutor en su caso, así como de los datos bancarios para el abono de la/s ayuda/s o subsidio/s.
Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento los interesados podrán dirigirse a la unidad de becas de la provincia correspondiente. El expediente se identificará por el nombre del solicitante de la ayuda o subsidio.
Asimismo podrá consultarse el estado de tramitación del expediente en la página web www.mec.es/becas

domingo, 4 de mayo de 2008

TALLERES DE FORMACIÓN PARA FAMILIAS DE AFA-TDAH-GC

Los próximos viernes días 16 de mayo y 23 de mayo de 2008 tendrán lugar en la Facultad de Formación del Profesorado de la ULPGC (calle Santa Juana de Arco, 1; Las Palmas de Gran Canaria ), unos talleres para familias en horario de 16,30 a 20,30 horas, organizados por la asociación AFA-TDAH-GC.

PROGRAMAS.
Viernes 16 de mayo:
“TDA-H, CONOCERLO”.
Dirigido a familiares de afectados o personas interesadas del ámbito familiar, que no conocen el trastorno.
1.- Qué es el TDA-H
2.- Antecedentes
3.- Cómo se diagnostica
4.- Cómo se trata
5.- Evolución
6.- Ruegos y preguntas

Viernes 23 de mayo:
“Pautas de comportamiento en familia”.
Dirigido a familiares de niños y adolescentes con problemas de conducta, derivados de un trastorno u otra circunstancia.
1.- Qué son las pautas.
2.- Cómo se aplican
3.- Cuándo utilizarlas
4.-Llevarlas a la práctica.
5.- Dudas y consultas.

CUOTAS:
-Socios de TDAHGC: 10 € / persona
-Socios de otras asociaciones de familias: 15 € / persona
-NO SOCIOS: 20 € / PERSONA
PLAZAS LIMITADAS.
INSCRIPCIONES:
Teléfonos 695-179-439 // 928-225-651

MÁS INFORMACIÓN: AFA-TFAH-GC (web: http://www.tdahgc.org/ )

Contactar:
Dirección postal: C/ Isla de Cuba, 6. Oficina 203. Las Palmas de Gran Canaria. Las Palmas. Horario: de 10:00 a 12:00 horas.
Teléfono: 695179439, Verónica Miranda: trasteru@yahoo.es , asociacion@tdahgc.org ; Alejandra Sanjuán Hernán-Pérez: asanjuan@dcegi.ulpgc.es .